Los vehículos particulares no pueden prestar servicio público de pasajeros
El Ministerio de transporte de Colombia reiteró este fin de semana la normativa sobre taxis de lujo. Uber cuestiona la norma.
Ni los autos particulares ni los de transporte especial están autorizados para movilizar pasajeros particulares por ningún motivo, fue la reiteración que realizó el Ministerio de Transporte al dar a conocer el texto de la Resolución 2163 que reglamenta el uso de taxis de lujo, normativa que era esperada por los empresarios del transporte tradicional y por los que trabajan con aplicaciones tecnológicas como la de Uber, hemos cumplido, afirmó el ministro del Transporte, Jorge Eduardo Rojas, al señalar que es esta es una oportunidad para que el servicio de transporte individual se preste con herramientas que faciliten al usuario el acceso al servicio, mecanismos electrónicos de pago e información sobre la empresa prestadora y el conductor, reiterando que el artículo 5 de la Ley 336 de 1996 ordena que con carros particulares no se pueden dedicar a esta actividad y pidió a todas las personas que están en la modalidad especial que se abstengan de prestar el servicio individual con vehículos que no están habilitados.
La Resolución 2163 establece que los taxis que se utilicen para transporte individual de pasajeros de lujo serán de color negro, con una franja a cuadros gris y negra para asegurar mejor su identificación y tendrá que tener plataformas tecnológicas de uso obligatorio por los prestadores, para lo cual una empresa puede tener la propia o contar con ella mediante alianzas, estas plataformas deben tener una manera de calificar al operario, identificar el vehículo, garantizar el monitoreo y el control de la tarifa, así como la disponibilidad y el cumplimiento de los servicios requeridos.
Los conductores tendrán que contar con una certificación especial y haber recibido capacitación en atención al usuario, las tarifas serán fijadas por la autoridad local es decir las secretarías de Tránsito y Transporte, garantizando la adecuada diferenciación de precios con el servicio corriente. Esta reglamentación fue previamente socializada desde su publicación el 26 de abril en la página web del Ministerio y a través de 6 mesas de trabajo con los actores interesados, en las que se recogieron las observaciones e inquietudes de los diferentes sectores”, aclaró el Ministro de transporte.
En Uber recibieron con bienvenida la noticia ya que dicen que es un primer paso para reglamentar nuevas formas de movilidad, pero señalaron que tanto el decreto 2297 del 2015 como la Resolución 2163, restringen esta categoría a los actuales propietarios de taxis amarillos y al sistema de cupos, ningún nuevo jugador puede ofrecer esta modalidad de lujo en las condiciones actuales, ya que los cupos se encuentran monopolizados por particulares y se transan en un mercado informal sin ningún control, recordaron que la tecnología ha creado nuevas oportunidades de emprendimiento y les ha permitido a más de 30 mil conductores acceder a una fuente de ingreso flexible.