Nuevos comparendos en Bogotá contra la contaminación y el ruido
La Secretaría de Movilidad, en coordinación con la Policía Metropolitana de Tránsito de Bogotá, implementó como plan piloto la infracción D-17, que faculta al uniformado de tránsito a imponer un comparendo cuando detecte o advierta de forma visual que un vehículo automotor está generando emisión contaminante o ruido. Esta norma ya está vigente en otras ciudades, como por ejemplo Medellín.
El conductor tendrá 15 días hábiles para reparar y presentar su vehículo en un centro de diagnóstico automotor (CDA) autorizado para su respectiva revisión de gases con el fin de inspeccionarlo y dar la respectiva aprobación o en su defecto el rechazo.
Si las pruebas arrojan como resultado aprobada el conductor deberá presentarse dentro de los mismos 15 días hábiles mencionados anteriormente con la copia del resultado ante la Secretaría de Movilidad, ubicada en la calle 13 # 37-35 piso segundo, en el horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. para evitar la imposición de las sanciones.
Si la prueba arroja como resultado rechazada usted tiene un plazo adicional de 15 días hábiles contados a partir de la finalización de los primeros 15 días para que el vehículo sea reparado y llevado nuevamente al CDA.
Si la persona no se presenta ante el Centro de Diagnóstico Automotor o al laboratorio autorizado, ni ante la Secretaría de Movilidad, dentro de los plazos señalados anteriormente, se impondrá una multa de 60 salarios mínimos diarios legales vigentes y ordenará la inmovilización del vehículo.
Si el conductor acude al Centro de Diagnóstico en los plazos establecidos, pero la prueba arroja definitivamente resultado rechazado, al día 31 hábil contado a partir de la imposición de la infracción se impondrá una multa de 30 salarios mínimos legales vigente equivalentes a $616.000 y ordenará la inmovilización del vehículo.
Para más información: Comparendos 2014 Bogotá