jueves, noviembre 21, 2024
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Suspende la orden de Bloqueo a Telegram

El Juez Pedraz pide un informe policial sobre la incidencia de la medida.

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz que el viernes de la semana pasada dictó medidas contra la plataforma Telegram en España, hoy lunes a primera hora tira atrás la medida de su decisión de bloquear la aplicación de mensajería instantánea en el territorio Español, el pasado viernes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 adoptó esta medida cautelar como respuesta a una denuncia presentada por las empresas Mediaset, Antena 3 y Movistar, por la difusión de contenidos protegidos por derechos de autor en la plataforma, antes de que el bloqueo se haya hecho efectivo, el Juez Pedraz ha dictado una providencia en la que anula el bloqueo de Telegram hasta obtener y analizar un informe de la Comisaría General de Información. Con carácter previo a la ejecución del auto de fecha 22 de marzo de 2024, el instructor solicita un informe a los servicios de inteligencia en el que se incluya información sobre la plataforma Telegram y también sobre la incidencia que tendría sobre sus usuarios una eventual suspensión de la aplicación. 

Queda paralizada la orden de la medida cautelar emitida el pasado Viernes de la orden a las operadoras de telecomunicaciones en España de Bloquear la plataforma que contaban con tres horas a partir de la orden para ello, hasta que el juez reciba el documento, el instructor de la Audiencia Nacional explicó en el auto que la medida acordada era necesaria, idónea y proporcional, y más aún, no tenía alternativa, según explicaba el Auto, las autoridades de las islas Vírgenes no atendieron a la comisión rogatoria enviada el pasado mes de julio desde el tribunal español para que Telegram colaborase con la investigación, por ello reclamó a la aplicación de mensajería información sobre determinados datos técnicos que permitirían identificar a los titulares de las cuentas utilizadas para la infracción. 

Las autoridades de las Islas Vírgenes no colaboraban y los delitos denunciados se seguían cometiendo de forma reiterada, por esta razón explica el Juez que el pasado viernes optó por adoptar la medida cautelar, la decisión era idónea y proporcional ante la gravedad de la conducta denunciada, está amparada por el artículo 13.2 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, sobre la instrucción de delitos cometidos a través de internet, norma que contempla como posibles medidas cautelares ante estos delitos la retirada provisional de contenidos ilícitos, así como la interrupción provisional de los servicios que ofrezcan dichos contenidos, hoy la aplicación a la medida queda en el aire hasta que el magistrado reciba el informe policial sobre la incidencia que pudiera tener la suspensión de la aplicación, un factor que no se mencionaba en el auto dictado el pasado viernes, según datos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, el 18% de los internautas españoles utilizan Telegram habitualmente, cifra que convierte a la plataforma en el cuarto servicio de mensajería más popular en el país. 

 

Vega

Jorge Eduardo Vega - Comunicador Social - Periodista - con Tarjeta Profesional expedida por el Ministerio de Educación nacional de Colombia. Doctorado en la Universidad de la Florida USA en audiovisuales.

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